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Compras con IVA no deducible o parcialmente deducible

Aprende a registrar gastos con IVA no deducible o parcialmente deducible en FacturaDirecta y cómo excluirlos del modelo 130 de IRPF.

Actualizado hace más de 2 meses

En algunas ocasiones tienes que ingresar un gasto en la contabilidad de tu empresa de algún bien o servicio del que no te puedes deducir el total del IVA, esto ocurre habitualmente con aquellas compras que no están destinadas al 100% a tu actividad económica, en este artículo vamos a ver cómo deben introducirse esos gastos en el programa para que queden contabilizados correctamente.

Para introducir este tipo de gastos lo único que tienes que hacer es separar el gasto en dos partes y declarar cada uno en una línea indicando en una de ellas que el IVA no es deducible, esto último puedes hacerlo desde el selector de impuestos marcando esta casilla:

iva no deducible

Una vez hecho esto la factura de compra introducida en el programa tendría un aspecto similar a este:

iva no deducible 2

Puedes comprobar en la pestaña "Contabilidad" que la parte no deducible del IVA se contabilizará en la misma cuenta de gastos a la que se carga la línea que lo contiene:

contabilidad

Para que puedas identificar claramente estos IVAs no deducibles se muestran por separado del IVA sí deducido en los siguientes informe:

  • Resumen de impuestos

  • Facturas de compra y gastos

  • Libro de IVA soportado

Aquí puedes ver un ejemplo del primer informe:

resumen de impuestos

Cómo excluir el gasto del IRPF (Modelo 130)

Si además de la deducción del IVA, necesitas que la compra no se considere un gasto deducible para el IRPF y, por tanto, no aparezca en el modelo 130, puedes configurarlo directamente en la factura:

  • Activa la opción de "No deducible en IRPF": En la sección de configuración de la propia factura de compra, busca y marca la opción "No deducible en IRPF".

Al marcar esta casilla, el gasto quedará registrado en tu cuenta pero no se tendrá en cuenta para el cálculo del rendimiento de tu actividad en el pago fraccionado del IRPF.

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