El recargo de equivalencia (RE) es un régimen especial de IVA obligatorio para comerciantes minoristas que no realizan ningún tipo de transformación en los productos que venden. Se aplica tanto a personas físicas dadas de alta como autónomos como a comunidades de bienes.
En FacturaDirecta puedes aplicar el recargo de equivalencia de dos formas: configurándolo en la ficha del contacto para que aparezca automáticamente, o añadiéndolo manualmente en cada factura. Yo te recomiendo configurar siempre el contacto, pues a la larga, te será mucho más cómodo.
Opción 1: Configurar el contacto (recomendado)
Si facturas habitualmente a un cliente con recargo de equivalencia, lo más cómodo es configurarlo directamente en su ficha para que se aplique de forma automática en todas sus facturas.
Accede a la ficha del contacto o crea uno nuevo.
Ve a la pestaña "Preferencias del cliente" y busca el apartado "Impuestos como cliente".
Selecciona la opción "Autónomo en régimen de Recargo de Equivalencia".
A partir de ese momento, al seleccionar ese cliente en una factura, el recargo de equivalencia aparecerá entre los impuestos de forma automática.
Opción 2: Añadirlo manualmente en la factura
Si no has configurado el contacto, puedes aplicar el recargo de equivalencia directamente en la factura pulsando sobre la columna "Impuestos" en la línea correspondiente y seleccionando el tipo de IVA con RE.

